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| Legal: Indemnización | |||
| Hago una consulta que no se si sabrán responderme. Mi chica trabaja en una panadería desde Abril de 2007. Tiene un contrato que a fin de Julio se termina y ya le avisaron que no se lo iban a renovar. Tengo entendido que como hace mas de un año que está trabajando le corresponde un resarcimiento económico. El tema es cuánto debe cobrar? Ella tiene un sueldo básico de $1200 y este es el cuarto contrato consecutivo que le hacen en la panadería. Supuestamente no le hacen otro contrato porque después de 4 contratos consecutivos el dueño de la panadería la tiene que poner como efectiva y "no quiere" tener mas personal permanente... Si alguien me puede asesorar se lo agradezco, no quiero que le paguen menos de lo que le corresponde y no estamos bien económicamente como para pagar un abogado. |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
| Podés encontrar asesoramiento [Solo los usuarios registrados pueden ver los links. Registrate haciendo click aca...] |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
Somos de Villa Constitución, al sur de Santa Fe. No sabés si hay algún mail para comunicarse con alguno de estos asesores? Tengo entendido que en esta ciudad no hay ningún servicio de este tipo... |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
| Dudo que te evacúen la consulta por email. Comunicate por teléfono con el [Solo los usuarios registrados pueden ver los links. Registrate haciendo click aca...], que veo es el mas cercano a Villa Constitución, para que ellos te brinden mayor información. |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
| Por lo que tengo entendido le corresponderia el 50 % del 245 mas el preaviso en el caso de que no se lo den (1 mes de sueldo). Obviamente se calcularia a partir de la ultima renovacion. Igual habla con un abogado porque quizas puedas sacar mas guita, eso de que le vayan renovando el contrato año a año me parece medio chamuyo. Quizas puedas sacar indemnizacion por los 4 años de laburo. 245 = 1 mes de sueldo por año trabajado |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
| Te cuento. No existen los contratos consecutivos. Fijate que fecha de ingreso dice en el recibo. Si no dice la real, esta mal registrada, y tiene que mandar intimacion en los terminos de la ley 24013. Es importante, si no lo hace se pierde mucha guita. Le toca como minimo 2 sueldos de antiguedad, uno de preaviso, la liquidacion final (mes trabajadado mas integracion del mes de despido, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales), la multa del art. 2 de la ley 25323 (1,5 sueldo) y la multa del art. 45 ley 25345 (tres sueldos). El texto del telegrama es: INTIMO REGISTRE RELACION LABORAL, SIENDO MI REAL FECHA DE INGRESO...MIS TAREAS....MI HORARIO....SUELDO PERCIBIDO.....CATEGORIA LABORAL..... CASO CONTRARIO, ME CONSIDERARE INJURIADA DESPEDIDA. EXTIENDO RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR INCORRECTA REGISTRACION A.... Te cuento. No existen los contratos consecutivos. Fijate que fecha de ingreso dice en el recibo. Si no dice la real, esta mal registrada, y tiene que mandar intimacion en los terminos de la ley 24013. Es importante, si no lo hace se pierde mucha guita. Le toca como minimo 2 sueldos de antiguedad, uno de preaviso, la liquidacion final (mes trabajadado mas integracion del mes de despido, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales), la multa del art. 2 de la ley 25323 (1,5 sueldo) y la multa del art. 45 ley 25345 (tres sueldos). El texto del telegrama es: INTIMO REGISTRE RELACION LABORAL, SIENDO MI REAL FECHA DE INGRESO...MIS TAREAS....MI HORARIO....SUELDO PERCIBIDO.....CATEGORIA LABORAL..... CASO CONTRARIO, ME CONSIDERARE INJURIADA DESPEDIDA. EXTIENDO RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR INCORRECTA REGISTRACION A.... Se lo tenes que enviar a tu empleador (el que figura en tus recibos de sueldo) y responsabilizar ademas a cualquier persona fisica que sea el dueño real, enviandole tambien una copia. Obivo que tenes que llenar los puntos suspensivos. y tenes que enviar un telegrama a la AFIP con este texto: INFORMO EN LOS TERMINOS DE LA LEY 24013 QUE HE DENUNCIADO POR INCORRECTA REGISTRACION A....Y A...... Vas a necesitar una abogado. Tiene que haber abogados en tu pueblo, si hay mas abogados que gente, en este planeta. Slds. Aguijonmagico Editado por aguijonmagico: 21 de julio de 2008 a las 11:42. Razón: DoblePost Unido |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
| hola soy abogado especialista en derecho del trabajo, y el comentario de aguijonmagico, es bastante acertado, la diferencia consiste en que la doctrina ha dicho que la consecucion de contratos de trabajo, ya sea en la modalidad a plazofijo y/o eventual significan fraude al orden publico laboral, o sea, injuria suficiente como para dar por decaido el contrato por exclusiva culpa del empleador, o, que cualquiera de las fraudulentas modalidades, pase a ser un contrato por tiempo indeterminado, lo que lo hace pasible del pago de las indemnizaciones de ley.- el telegrama redactado arriba, esta perfecto salvo, en que hay que darle la posibilidad al empleador que se retracte, por ende, en el primer telegrama no debe decir "me considerare injuriada y despedida", debe darle el plazo de la L.N.E. 24013, o sea 30 dias para que proceda a regularizar la defectuosa registracion que los vincula.- por ultimo, la liquidacion esta perfecta, aunque habria que adicionarle, las diferencias salariales y chequer su situacion respecto de los aportes jubilatorios, que en caso de incumplimiento, el empleador seria pasible de la multa del art. 132 bis LCT.- saludos |
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| Re: Legal: Indemnización | |||
| Solucionado el problema: Al final consultamos con un abogado y con un contador para tener todas las herramientas en la mano. La conclusión fue que le correspondía una indemnización como si estuviera por contrato a tiempo indeterminado. El abogado nos aconsejó que si le querían pagar menos que no firme el recibo o que lo firme en disconformidad y reservandose los derechos, que así se le podía hacer quilombo. Cuando llegó el día de pago el patrón le quizo pagar menos, ella lo apuró, le dijo que conocía sus derechos y que se había asesorado. La cuestión es que el tipo le dió mil vueltas, pero como ella no aflojó le pago lo que le correspondía. Me dijeron que igual se lo podía llevar a juicio al tipo porque el sistema de contratos consecutivos es como dijo ramoncito totalmente ilegal. Pero bueno, por ahora lo hemos dejado ahí nomas. Esta es una ciudad chica y tenemos miedo que si hacemos juicio tenga problemas para conseguir otro trabajo. Saludos y gracias a todos por la ayuda. |
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