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| Abro este tema con un simple motivo. Quisiera que me expliquen cuáles son puntualmente los cambios a la maldita Ley 22.285 de 1980 que se van a debatir próximamente. Como tipo de los medios, me siento idiota por no estar informado sobre ésto y quisiera que alguno de vosotros, amigos foreutas, me desasne al respecto. Y que de allí, podamos -si se puede- comenzar un debate con las buenas y las malas de la modificación y, si quieren, de la Ley original (sobre la que sí estoy informado y, por ende, donde sí podría participar). Bueno, nada, eso. Gracias de antemano. | ||
| Creían que con el rechazo a la Ley de Retenciones terminaba todo? No, los K contraatacan siempre!!!! Hace rato que preparan una una ley que se viene y qye nos tendrá ocupaditos por unos cuantos meses mas: Alberto Fernández advierte "La Ley de Radiodifusión merecerá un amplio debate" Después de las críticas por la política de medios del Gobierno, el jefe de Gabinete se pronunció sobre el tema. 15.04.2008 | 13:21 El jefe de Gabinete, Alberto Fernández, dijo hoy que el proyecto para reemplazar la Ley de Radiodifusión, vigente desde la última dictadura, implicará "un amplio debate público, no sólo de los legisladores sino también de los ciudadanos" acerca de "qué tipo de medios queremos en la Argentina". ![]() En declaraciones a radio América, Fernández dijo: "Tenemos que buscar un sistema de mucha transparencia que garantice la mayor objetividad" en los medios. Asimismo indicó que lo que busca el Gobierno es que en los medios "prevalezca la objetividad de información antes que los intereses económicos". Las declaraciones de Fernández se produjeron luego de una seguidilla de críticas de parte del piquetero oficialista Luis D'Elía contra el grupo Clarín, al que acusó de "ponerle una pistola en la cabeza a la democracia", y del fuerte rumor de que el ex chofer del ex presidente Néstor Kirchner, Rudy Ulloa Igor, hizo una millonaria oferta al grupo Telefónica para quedarse con Telefé. Fernández habló después de las críticas que surgieron a partir del Observatorio de Medios, las declaraciones de Luis D´Elía en TN y la versión de que el ex chofer de Néstor Kirchner, Rudy Ulloa Igor, hizo una millonaria oferta al grupo Telefónica para quedarse con Telefé. "La Ley de Radiodifusión es un tema que está demorado en la Argentina democrática desde hace muchos años. Es una ley que viene desde la dictadura y no se ha cambiado, y que por diferentes motivos no se ha tratado", enfatizó Fernández. El jefe de Gabinete anticipó que "cambiar una Ley de Radiodifusión supone un amplio debate. Vamos a tener que hacer ese debate público, no es un debate sólo de legisladores, sino también ciudadano, sobre qué tipo de medios queremos en la Argentina” y agregó que ese debate “va a demandar mucho tiempo”. El domingo, en una entrevista publicada por el diario La Nación, el interventor del Comfer, Gabriel Mariotto dijo que la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner tiene la voluntad de avanzar sobre la reforma de esa ley para desconcentrar el mercado y profetizó: “Una nueva ley de Radiodifusión es la madre de todas las batallas”. Fuente: DyN Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ¡Registrate ahora, es gratis! Cristina Fernández y la Ley de Radiodifusión Con pedido de diálogo comenzó el debate para regular a los medios. Desde la oposición se critica el “inesperado” llamado del Gobierno a reformar la Ley de Radiodifusión. Por qué aseguran que parece una “ extorsión”. 26.04.2008 | 08:50 ![]() Con Cristina. Los titulares de las principales asociaciones que nuclean a los propietarios de medios, en una reunión "cordial" | Foto: Télam Los titulares de las Cámaras que representan a los propietarios de medios se reunieron con la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Secretario de Medios, Enrique Albistur, y el titular del Comfer, Gabriel Mariotto, para exponerles la problemática de un sector diverso que enfrentará la repentina decisión del Gobierno de reformar la Ley de Radiodifusión, nacida durante la dictadura y que no pudo ser reformulada completamente a pesar de que más de un centenar de proyectos se arrumbaron en el Poder Legislativo durante los casi 25 años de democracia. La reunión que los representantes de los medios mantuvieron con la Presidenta fue calificada de “ clima distendido” a pesar de que en las últimas semanas, Cristina y Néstor Kirchner insistieron en sus críticas hacia la prensa. ¿Una ley para democratizar el acceso a los medios de comunicación o para diluir la presencia del Grupo Clarín? Legisladores, empresarios, funcionarios, abogados y analistas se preguntan por estos días sobre la precipitada decisión del Gobierno de reformar la Ley de Radiodifusión, la llave para regular un negocio que mueve más de $ 6.000 millones al año sólo en publicidad, pero cuyo valor no reside en su capital simbólico, aquel que ayuda a determinar los estados de la opinión pública. Casi no hay sector que se oponga a la reforma de la Ley que hasta puede determinar que Clarín sea obligado a vender algunos de los medios que posee en favor de la competencia. Sin embargo, la oposición sospecha sobre el momento elegido por el Gobierno para la reforma: “Siento que más que debatir una ley vamos a participar de una extorsión”, dijo la legisladora Patricia Bullrich, que expresaba el marco de discordia entre el Gobierno y el Grupo Clarín. Es que hay centenares de proyectos que nunca se debatieron en ambas cámaras para reformar la Ley. Algunos de ellos son ahora mencionados a pesar de que perdieron estado parlamentario, como brújulas para guiar la redacción de la Casa Rosada. Entre ellos se mencionan el aportado por la radical Margarita Storlbizer en 2004 y el de Silvana Giudici en 2006. Por otra parte, la Coalición por una Radiodifusión Democrática preparó un acuerdo sobre 21 puntos, para reformar la Ley, que fue presentado a Néstor Kirchner hace cuatro años y que ahora es mencionado por Mariotto para ser incorporado a la nueva redacción. FUENTE: Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ¡Registrate ahora, es gratis! ¿Se imaginan la televisión y la radio manejadas como el INDEC? Editado por Andresk: 18.07.08 a las 11:55 | ||
| Querido, los posts se ordenan cronológicamente. Yo no tengo nada que ver. Si vieras antes de hablar, los posts son de la misma hora, seguramente en los segundos que te llevó hacer los destacados y los colorcitos de letra yo ya había apretado Enviar. | ||
| En todo caso el vBulletin y su orden cronológico nos gobiernan. | ||
| Aca van los 21 puntos que segun la Coalicion por una radiodifusion democratica deben estar en la nueva ley de radiodifusion 1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos. 2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información. 3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas. 4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie deben apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante. 5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversisdad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión. 6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos. 7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales. 8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos de propiedad intelectual de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo. 9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica. 10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con las violaciones a los derechos humanos. 11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales. 12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales. 13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad. 14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales. 15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia. 16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional. 17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad. 18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia. 19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de los trabajadores de los medios social y de las artes audiovisuales. 20.- Se creará la figura de la "Defensoría del público", con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público. 21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional Cuando el mundo gira esta haciendo pogo ! ![]() | ||
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