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| hola bueno queria que alguien me dijera si es que esta medianamente al tanto cuan complicado (si es q es posible ) es cambiar el apellido. mi razon en realidad no es porque mi papa no se haya hecho cargo en realidad pero vivi toda la vida con mi mama porq esta divorciada de el, y por esa entre otras razones, quiero llevar el apellido de ella. tengo 18.. si alguien me podria comentar un poco se lo agradezco... |
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| Lo que SEGURO podes hacer es ponerte un apellido compuesto, es decir, el apellido de tu viejo es gomez y el de tu mama perez, podes llamarte niceo gomez perez, en ves de perez nomas. Para remover el apellido de tu viejo, se necesit autorizacion judicial, la causa debe ser muy seria(ej:cuando el apellido sea ridiculo o agraviante para la persona, cuando fuese contrario a las ideas religiosas del que lo lleva, que fuese inpronunciable en nuestro idioma, cuando el apellido haya sido deshonrado publicamente, por u hecho de mucha gravedad). Te copio un link con la Ley 18.248, que es la ley que rige el nombre Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ¡Registrate ahora, es gratis! Por las razones que mencionas es poco probable que te acpetan un cambio de apellido, pero igual deberias consultarlo con un abogado, que seguramente te va a saber asesorar con mayor seguridad que yo. |
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| Nico, si sos argentino el cambio de apellido se admite en situaciones muy específicas, te transcribo los artículos pertinentes; suerte.- Ley Nº 18.248 - Nombre de las Personas (Con las reformas de las leyes 20.668, 23.162, 23.264 y 23.515) 15. Después de asentados en la partida de nacimiento el nombre y apellido, no podrán ser cambiados ni modificados sino por resolución judicial, cuando mediaren justos motivos. El director del Registro del Estado Civil podrá disponer de oficio o a pedido de parte, la corrección de errores u omisiones materiales que surjan evidentes del texto de la partida o de su cotejo con otras. Sus resoluciones serán recurribles ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil correspondiente al lugar donde desempeña sus funciones, dentro de los quince días hábiles de notificadas.- 16. Será juez competente el de primera instancia del lugar en que se encuentra la inscripción original que se pretendiere rectificar, modificar o cambiar, o el del domicilio del interesado. Las partidas que acreditan la vocación hereditaria podrán rectificarse ante el juez de la sucesión.- 17. La modificación, cambio o adición de nombre o apellido, tramitará por el proceso sumarísimo, con intervención del Ministerio Público. El pedido se publicará en un diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación. Deberá requerirse información sobre medidas precautorias existentes a nombre del interesado. La sentencia es oponible a terceros y se comunicará al Registro del Estado Civil.- * Lamentablemente en tu caso dudo que sea posible a menos que encontremos una razón menos sentimental. Lo Siento! |
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| me re cagaron entonces, toda la vida me dijeron que cuando creciese me iba a poder quitar el apellido... de todas formas, gracias por el post! ahora me fijo la ley esa... lo mio es pareciiiido al tema de este chico, nada mas que yo me quiero sacar el apellido porque es de mi mama biologica (la mía fue una adopción simple) y la verdad que aparte de que no representa nada para mi (solo es un apellido feo) es re molesto tener 3 apellidos y encima dos nombres!! eehm, yo no soy argentina, pero la adopcion fue hecha en argentina... tonces? lo tendría que hacer en argentina o en el país que nací? Editado por menta: 08 de mayo de 2008 a las 16:17. Razón: DoblePost Unido |
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| menta, tu caso es diferente al otro planteado. Vos llevas el apellido materno en tanto nico lleva el apellido paterno. En tu caso sI se puede cambiar el apellido por el de tus padres biológicos pero deberian mutar la adopcion simple por una adopcion plena. En relacion al post original, tanto Dunga como Kalemar te dieron la respuesta correcta y certera, no tengo mas que decir al respecto. Cualquier duda que te surja, soy abogada, pregunta y te asesoro dentro de lo posible y permitido. Besitos |
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| bueno graciass por el comentario... una pregunta mas... o sea por mas q me emancipe o a los 21 años, o con autorizacion judicial de mi papa y mama no se puede? |
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| La emancipación sea judicial o natural por haber cumplido los 21 años no te da ese derecho. En cuanto a la autorización de tus padres quedará a criterio del juez interviniente en la causa, pero desde ya te digo que en tu caso no hay un justo motivo para hacerlo, por lo cual es muy probable que te lo denieguen. |
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| Yo pienso que tendría que ser más fácil cambiarse el nombre. Conozco un par de personas acá en EEUU que se cambiaron el nombre, porque después de todo es TU nombre, y a veces los padres ponen nombres que al final para los hijos pueden terminar siendo molestos. Como que te llames Iñaqui y todo el mundo te llame El Ñoqui... por dar un ejemplo ridículo. Hay gente que tiene muchísima vrgüenza de su nombre y me parece que, con las razones suficientes tendría que poder cambiárselo. Ahora, con respecto al apellido, hay leyes, y me parece bárbaro que estén. Porque si no, con lo cholulos que somos en Argentina, estaríamos cambiándonos de apellido todo el tiempo. El apellido es nuestra identificación legal, por eso me parece bien que no podamos cambiarlo con extrema facilidad. Yo tengo el apellido materno y paterno, como la mayoría de los uruguayos... Y aún casada, mi documento acá en EEUU tiene mi apellido de soltera y el de casada. Pero por cuestiones de pronunciación, creo que voy a tener que abandonar el de soltera. |
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| Igual, tambien te podes cambiar el nombre, siempre y cuando sean causas graves. Se te tienen que cagar MUCHO de risa con "el ñoqui" o (o flor de la V |
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| Hola yo quisiera saber como es el tema de una adopción simple. Mi caso es el siguiente: tengo colocado los dos apellidos de mis padres biológicos, pero mis padres biológicos están separados desde hace 20 años aproximadamente, a mí padre no lo vi nunca y él jamás se preocupó por mí... Cuándo tuve la posibilidad a los 18 años me coloque el apellido materno. Luego me entero que era posible sacarme el apellido paterno, pero con la autorización de él... Entonces lo busqué y hablá con él y este me dijo que firmaba lo que fuese necesario... Cómo es muy complicado sacarlo y se necesita una autorización judicial, me dieron la opción de hacer una adopción simple. Mi mamá se encuentra en pareja hace 18 años más o menos, y en mayo de este año se casaron... A mí padraste lo quiero como mi padre, es más es mi padre me crío desde que tengo 1 año. Mi pregunta ahora es teniendo el apellido paterno es viable la adopción simple? Teniendo en cuenta que tengo la autorización de mi padre biológico para realizar cualquier trámite para sacarme su apellido... Agradecería que me respondieran. Muchas Gracias. Besos |
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