Datos del Tema
Creado el 27.10.06 a las 15:57
- 0 Votos
-
0
Favoritos - 2232
Visitas - 32
Mensajes
¡Tema agregado a Favoritos!
Ya tienes este tema en Favoritos
Error
¡Buen Tema!0 Votos Disponibles
¡Tu voto ha sido enviado!
Ya has votado por este tema
[Error]
No puedes votar tu propio tema
No puedes votar a usuarios baneados
No puedes votar en un tema cerrado
Temas Relacionados
| Bueno gente dado q se habla mucho de esto, expongamos todo aca. Es verdad o mentira q los boxeadores y los artistas marciales tenemos la mano prohibida? Como todos saben yo soy III Dan de TKD I.T.F y soy instructor. el domingo pasado en el torneo de mi asociacion, tube un momento libre donde pude hablar con unos de los abogados de la asociacion q es instructor IV Dan el Dr. Albandoz; ya en una oportunidad habiamos expuesto este tema con los miembros de la Asociacion y la respuesta fue esta: No hay ley q nos prohiba defendernos con las artes marciales, lo q sucede es q en el momento de la pelea o enfretamiento se evalua el xq del conflicto, se analaiza si hubo legitima defensa, para q halla legitima defensa tiene q estar en peligro la integridad de uno, no se debe haber iniciado el conflicto, tmb el golpe q apliquemos debe tener una relacion de = fuerza con el ataque recibido o ser equivalente, despues se ve la conciencia en el momento del golpe, osea si sabiamos lo q haciamos, donde pegabamos y q podiamos causar. Todo esto se ve en el caso de q halla pasado algo, entonces al no haber ley q prohiba defenderse con artes marciales ni boxeo, no tienen agravante, osea q xq te peleas en la calle no vas preso, ni tenes mayor condena. Editado por Draco: 28.10.06 a las 11:59 | ||
| Yo tenia entendido que si sos boxeador amateur o tenes un cierto nivel en A.M. no se bien cual, tus manos se consideran armas blancas. Sabes como pegar y en donde... Pero no estoy seguro. | ||
| tengo entendido que los artistas marciales no tenemos la mano prohibida, los boxeadores si, habria que consultar en el foro en algun otra seccion si hay algun abogado para que le preguntemos que dicen? "QUE ESTAMOS POSEIDOS, POR LO QUE POSEERIAMOS; REHENES DE LA TIERRA Y DE LAS COSAS MATERIALES... ...POR LA DEPENDENCIA QUE TENEMOS DE ELLAS - HASTA A ALGO TAN SANTO... ...COMO UN CALIZ, O TAN INSIGNIFICANTE COMO UNA PIEDRA." Proverbio Chino | ||
| Preguntemosle a un abogado aqui en el foro. Y por la otra sugerencia y bue... si se organiza bien podemos hacerun entrenamiento conjunto y combate ya que estamos. | ||
| A mi me enseñaron que si pego a alguien usando las artes marciales voy preso porque sabiendo usarlo bien es el mejor arma, bueno esto pasa en Brasil por lo menos, no sé como serán las leyes aplicables en Argentina. | ||
| estuve averiguando y si los artistas marciales tenemos la mano prohibida y se toma como que tenemos un arma "QUE ESTAMOS POSEIDOS, POR LO QUE POSEERIAMOS; REHENES DE LA TIERRA Y DE LAS COSAS MATERIALES... ...POR LA DEPENDENCIA QUE TENEMOS DE ELLAS - HASTA A ALGO TAN SANTO... ...COMO UN CALIZ, O TAN INSIGNIFICANTE COMO UNA PIEDRA." Proverbio Chino | ||
| Sobre consultar a un abogado, tendria ke ver si el abogado de la asociacion se copa, xke ademas debe estar a full kon laburo, ademas tenemos la ventaja de ke no solo es abogado sino ke es artista marcial, pero kien kiera puede consultar eltema kon cualkier abogado, todo lo ke nos ayude a despejar las dudas, bienvenido sea!! yo hable con un abogado, no la tenemos, no es agravante, somos un arma pero no tenemos la mano prohibida Editado por Draco: 28.10.06 a las 12:04 Razón: DoblePost Unido | ||
| no es que tengan la mano prohibida,solo que se considera que tenes un arma en la mano...osea si te vienen a robar y te sacan un chumbo o algo asi vos le podes pegar porque es defenza propia,pero por ejemplo si se encaran a tu chica o le hacen algo a algun amigo tuyo te la tenes que comer.....osea hay una situacion en otro thread donde draco iria preso,creo que le hicieron algo ala hermana o algo asi....solo vos tenes que estar en peligro y ahy esta bien. "...Gimme fuel, gimme fire, gimme that wich I desire..." | ||
| para poder defenderte tiene ke estar en peligro todo tu entorno, iria preso xke le di 1 sola piña al pibe ke le pego a mi hermana y bue voy con gusto, si te encaran a tu novia, bancatela t decile flaco esta conmigo, si le pegan a tu amigo, ke se la banke solo, si es mano a mano, pero si estas con tu chica, tu hermana, tu vieja, tu amigo o solo, y peligra tu vida y/o la de los de mas, esta en todo tu derecho de defenderte a vos y a los ke te rodean, o acaso dejarias ke le pongan un tiro a alguna de las personas ke nombre? o ke les pase algo? ene se caso no irias preso, als situaciones limites definen el todo, vos estas en todo tu derecho de defender tu integridad y tu circulo intimo en un momento de peligro como lo haria cualkier persona, la unica diferencia es ke sabemos muy bien komo terminar una situacion kon un minimo movimiento, se nos konsidera un arma, perfecto, lo somos, pero no tenemos mayor condena, no vamos presos, ni tenemos agravantes, xke los ke nos konsideran armas somos nosotros no la ley, la ley sabe ke nosotros sabemos komo y donde pegar pero se aplican muchos fatores para evaluar la respuesta de un artista marcial en momento de una pelea y hasta donde se, nadie fue preso x pelearse | ||
| Ley 23.054 Parte I Capítulo II Art 4: Derecho de vida Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho está protegido por la ley. Art 5: Derecho a la integridad personal Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA Art 34: NO SON PUNIBLES: El que causare un mal por evitar otro mayor, inminente, al que ha sido extraño. El que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieran las siguientes causas: 1. Agresión ilegítima 2. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla 3. Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende 4. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias 1 y 2 anteriores, y en caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la que no haya participado en ella el tercero defensor. Art 35: El que hubiera excedido los límites impuestos por la ley, por la autoridad o por la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito por culpa o imprudencia. ============================= Agradeceré que aquellos que afirman que las manos de un artista marcial son considerados armas blancas, citen sus fuentes como yo acabo de citar las normas referidas a legítima defensa. Si a uno lo insultan o amenazan y uno responde a las piñas, incurre en un delito - sea artista marcial o no. Si a uno lo atacan a piñas, se puede defender a piñas pero no con un palo - sea artista marcial o no. Si a uno lo atacan con un palo, se puede defender con un palo pero no con un cuchillo - sea artista marcial o no. Si a uno lo atacan con un cuchillo, se puede defender con un cuchillo pero no con una pistola - sea artista marcial o no. Y si a uno lo atacan con una pistola, se puede defender con una pistola (pero no sacarle el arma al atacante y dispararle con ella, porque cuando el otro perdió el arma dejó de ser una amenaza). Eso es, básicamente, no incurrir en "exceso de legítima defensa". En ningún lado están mencionados los boxeadores o artistas marciales. Por favor, y lo pido de verdad para instruirme yo y no por boludearlos, les pido si pueden tomarse la molestia de citar lo que investigaron (Boddah?). Saludos! | ||
| Herramientas | Buscar en este tema |
| |






